Abstract
... "En conclusión, somos de la idea que debe adoptarse una posición intermedia, es decir, no debe realizarse una interpretación extremadamente estricta y cerrada respecto al elenco de sujetos excluidos por la norma, pero tampoco podemos ampliar dicho elenco a un número infinito de sujetos ya que de lo contrario se generaría una elevada inseguridad jurídica no solo para el concursado sino también para aquellos acreedores que tienen expectativas ciertas de verificar sus créditos, arribar a un acuerdo concursal y cobrar sus acreencias. Sumado a ello, no debemos perder de vista que una ampliación ilimitada de dicho elenco resulta contrario de la voluntad del legislador y del espíritu de la propia norma analizada."...