Breve noticia crítica sobre las llamadas leyes interpretativas
Abstract
Conclusión: en mi opinión, esta llamada ley interpretativa 27.362 resulta innovativa y constitutiva. Aunque sólo pretenda agregar claridad o precisión, lo cierto es que deroga o excluye interpretaciones y alcances posibles anteriormente relevados o incluidos (de hecho ¡hasta ese es su sentido!), por tanto se trata de una ley nueva, que sólo puede regir para el futuro y en materia penal, para el pasado sólo en tanto resulte más benigna, que no es el caso. Otra interpretación resultaría, a mi juicio, inconstitucional