Abstract
La redacción del art. 33 de la Ley N° 27.349 de Apoyo al Capital Emprendedor (en adelante, “LACE”) ha dado lugar a numerosos debates sobre la forma de aplicar las disposiciones de la Ley N° 19.550 (“LGS”) a la sociedad por acciones simplificada (“SAS”), el carácter imperativo o supletorio de sus normas respecto del nuevo tipo societario y el orden de prelación entre las prescripciones de la LGS, la LACE, el instrumento constitutivo de la SAS y el Código Civil y Comercial de la Nación (“CCCN”)[1].
Por esta razón, este trabajo pretende analizar si la prima de emisión prevista en el art. 44 de la LACE coincide con el instituto que lleva el mismo nombre y que fue regulado por la LGS para la sociedad anónima. Para ello, comenzaré por enunciar algunas posturas sobre la prelación de las normas aplicables a la SAS y continuaré con una comparación entre las regulaciones de ambas leyes sobre la prima de emisión y la posible relación de este instituto con otras disposiciones de la LACE.