Abstract
La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la resolución que le impuso una multa a un síndico, en tanto si bien a criterio de éste ultimo la sanción es improcedente, por cuanto no habría existido negligencia alguna de su parte, lo cierto es que la multa fue impuesta de acuerdo a las concretas circunstancias del caso y la gravedad de los incumplimientos.