Abstract
Nos referiremos en este trabajo a un laudo[2] dictado el 5 de octubre de 2009 por el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), en el que se resolvieron los casos unificados “CAS 2009/A/1810 SV Wilhelmshaven vs. Club Atlético Excursionistas” y “CAS 2009/A/1811 SV Wilhelmshaven vs. Club Atlético River Plate”, efectuando una correcta interpretación -a nuestro juicio- respecto de la aplicación del art. 6 del Anexo 4 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA, que establece disposiciones especiales para la Unión Europea-Espacio Económico Europeo (UE/EEE) con relación a la Indemnización por Formación que se encuentra regulada en dicho Anexo.