Abstract
El caso analizado permitirá hacer un recorrido sobre la jurisprudencia predominante en materia de lesiones entre contrincantes en el fútbol que, desde el caso “Cotroneo” hasta el presente, con el dictado del fallo “Pizzo c/ Camoranesi”, se basa fundamentalmente en la tesis que postula que la autorización estatal origina dos clases de ilicitudes o infracciones a las reglas de juego deportivas: las comunes en las que la irresponsabilidad es la regla[9] y las extraordinarias, que serían ilícitas en sí mismas, sin posibilidad de justificación por parte del deportista lesionador[10].
El propósito de este comentario será entonces analizar si dicha fundamentación es jurídicamente apropiada y si la teoría de “la asunción del riesgo” empleada por la defensa de Camoranesi, es aplicable a los casos de lesiones entre deportistas de deportes no riesgosos como el fútbol.