Abstract
El objeto de la presente colaboración es efectuar algunos breves comentarios acerca de una de las últimas normas dictadas –hace poco más de un año- por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos vinculada con el fútbol, para el control y captación de las rentas de inversores y representantes en dicho ámbito: nos referimos a la Resolución General (AFIP) 3432[2].