dc.contributor.author | Lozano, Gabriel C. | |
dc.date.accessioned | 2024-02-08T13:11:47Z | |
dc.date.available | 2024-02-08T13:11:47Z | |
dc.date.issued | 2015-05 | |
dc.identifier.citation | IJ-LXXVIII-368 | es |
dc.identifier.issn | 2422-5754 | |
dc.identifier.uri | https://riu.austral.edu.ar/handle/123456789/2744 | |
dc.description.abstract | Por Circular N° 1464 del 22 de diciembre de 2014, la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) comunicó a sus miembros que su Comité Ejecutivo había aprobado, en las sesiones realizadas los días 18 y 19 de diciembre de 2014, la prohibición de la propiedad de derechos económicos de jugadores por parte de terceros, a partir del 1 de mayo de 2015; adjuntando con la misma el texto de las nuevas normas que se incluirían en su Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (en adelante RETJ).
El objetivo de este trabajo es analizar si esa prohibición alcanza también a los futbolistas, es decir, si deben ser considerados “terceros” y, por lo tanto, no pueden en ningún supuesto ser propietarios de sus derechos económicos. | es |
dc.language.iso | es | es |
dc.publisher | Universidad Austral. Facultad de Derecho | es |
dc.relation.ispartofseries | No. 10, 2015; | |
dc.rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional | * |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | * |
dc.subject | Contrato de cesión | es |
dc.subject | Terceros | es |
dc.subject | FIFA | es |
dc.title | ¿Puede el futbolista ser considerado "tercero" a los efectos previstos en el art. 18 ter del Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores? | es |
dc.type | Article | es |