Nuevo marco legal para los Contratos de Derivados. "Netting" ante supuestos de incumplimiento de una Entidad Financiera
Abstract
La Ley Nº 27.440, conocida como la Ley de Financiamiento Productivo, ha operado como una especie de “Ley Ómnibus” que, en miras a fomentar justamente el financiamiento de las MiPyMES y la llegada de inversiones de capital extranjero, ha reformado numerosas normas en cuestiones de relevancia. Quedará para otra ocasión analizar si la reforma de estas normas ha cumplido el objetivo primero de la sanción de esta ley, no obstante, muchos de los cambios introducidos eran necesarios y muy valiosos. Dentro de las modificaciones mencionadas se encuentra la regulación de los contratos derivados, pases y de márgenes y garantías, propios del mercado de capitales, frente al concurso o liquidación de algunas de las partes intervinientes. Si bien estos supuestos normalmente se regulan en el texto de estos contratos, especialmente en aquellos denominados OTC, estas previsiones pactadas entre particulares no eran de aplicación frente a las normas de orden público concursales y de liquidación de algunas personas jurídicas, como las entidades financieras.
En la nueva norma se ha ratificado la aplicación de los términos establecidos en los contratos y garantías entre particulares, celebrados bajo los recaudos que establecen la ley, especialmente de acuerdo a lo establecido en el Cód. Civ. Com. en su art. 1429, y la Comisión Nacional de Valores (CNV), generando un así “régimen especial” dentro del sistema concursal.
En el presente trabajo se analizará brevemente este nuevo régimen y, particularmente, su aplicación en los supuestos donde actúa una contraparte central y una entidad financiera.
Collections
The following license files are associated with this item: