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dc.contributor.authorGonzález Martínez, Josefina
dc.date.accessioned2023-12-13T15:08:09Z
dc.date.available2023-12-13T15:08:09Z
dc.date.issued2019-07
dc.identifier.citationIJ-DCCLII-507es
dc.identifier.issn2422-5258
dc.identifier.urihttps://riu.austral.edu.ar/handle/123456789/2585
dc.description.abstractA partir de la reforma del Código Civil y Comercial se introdujo como último párrafo del artículo 1011 la obligación de quien decide la rescisión de un contrato de larga duración de darle a contraria, en forma previa, una oportunidad razonable de negociar. Dicho aspecto de la reforma, incluido al momento de regular el objeto de los contratos, representó una innovación legislativa tanto a nivel del derecho local como con relación al derecho comparado. El presente trabajo tiene como objetivo analizar las implicancias prácticas del agregado, evaluando si la obligación es o no disponible para las partes, a qué situaciones aplica y cuál sería el modo de darle cumplimiento. Además, se evaluará si efectivamente permite proteger a los co-contratantes o si, por el contrario, constituye una exigencia meramente formal, que a fin de cuentas dificulta la facilidad para hacer negocios en el país.es
dc.language.isoeses
dc.publisherFacultad de Derecho de la Universidad Australes
dc.relation.ispartofseriesNo. 22, 2019;
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectExtinción del contratoes
dc.subjectRescisión del contratoes
dc.subjectBuena fees
dc.titleAnálisis del deber de renegociar consagrado en el art. 1011 del Código Civil y Comerciales
dc.typeArticlees


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