Abstract
Nos encontramos en un momento en el cual aparecen modos de contratación cada vez más disruptivos en relación a la forma convencional en la que los mismos se perfeccionaban hasta no hace mucho tiempo.
La tendencia hacia la digitalización, como vimos, es de vital importancia en materia contractual y nos lleva hacia una nueva realidad de infinitas posibilidades, conectando oferentes y aceptantes que, de otro modo, no habrían podido aprovechar las ventajas económicas ofrecidas por su contraparte.
Considero que es momento de que el derecho argentino forme parte de esta nueva realidad, otorgando mayor simplicidad a la forma de celebrar acuerdos bajo esta modalidad y a la posibilidad de acreditar estos contratos, en un avance beneficioso para todos los operadores de internet.