Abstract
La extensión de quiebra por confusión patrimonial es un tema de gran interés dado que es una sanción impuesta a personas sin que se tenga que demostrar la cesación de pagos. Por eso, este tipo de quiebras también se las llaman quiebras reflejo.
La idea de este artículo es analizar el art. 161 inc. 3) de la LCQ y cómo afecta a la responsabilidad prevista en la Ley General de Sociedades para los socios ocultos (art. 34 y 35 de la LGS), a la luz de un fallo judicial.