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dc.contributor.authorGuyot, Juana María
dc.date.accessioned2023-12-04T15:09:06Z
dc.date.available2023-12-04T15:09:06Z
dc.date.issued2022-08
dc.identifier.citationIJ-III-CCCLIX-646es
dc.identifier.issn2422-5231
dc.identifier.urihttps://riu.austral.edu.ar/handle/123456789/2505
dc.description.abstractUna de las principales reformas de la Ley General de Sociedades es la creación de las sociedades de la Sección IV a las que nos referiremos más adelante. La citada reforma generó dentro de la doctrina un gran debate en torno a si dicha modificación en el régimen societario provocaba o no un impacto sobre un instituto base de la Ley de Concursos y Quiebras como es la extensión de la quiebra prevista en el artículo160 de dicho cuerpo normativo; ello por cuanto la nueva regulación del marco de responsabilidad atenuada que poseen las sociedades de la Sección IV nos lleva a analizar la continuidad en la aplicación de la extensión automática de la quiebra a los socios. A lo largo del presente trabajo analizaré brevemente las bases generales del tema, diversas teorías y opiniones respecto de si se aplica dicha extensión automática o no luego de la reforma mencionada y para concluir daré una opinión sobre el tema.es
dc.language.isoeses
dc.publisherFacultad de Derecho de la Universidad Australes
dc.relation.ispartofseriesNo. 32, 2022;
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectQuiebraes
dc.titleExtensión automática de la quiebra y las sociedades de la Sección IVes
dc.typeArticlees


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