Abstract
La naturaleza propia de la fiducia, caracterizada por constituir un patrimonio separado al de sus partes integrantes, es una herramienta eficaz para gestar e instrumentar los más diversos negocios, cuyas partes se encuentran motivadas entre otros beneficios, por reducir el riesgo de sus patrimonios personales, al estar totalmente desligado del contrato fideicomiso. Por lo que en el hipotético caso que el negocio no sea exitoso y la fiducia recaiga en un estado de insolvencia insalvable, prima facie el patrimonio fideicomitido solo respondería ante sus acreedores con los bienes que lo constituyen y no con los bienes de los fiduciantes-inversores, mediante un procedimiento legal de liquidación judicial a cargo del juez competente. Esta última cuestión, será el eje central del presente trabajo.