Infracción a la propiedad intelectual en una plataforma de e-commerce: análisis de la responsabilidad del portal de ventas : Comentario al fallo “Iglesia Mesiánica Mundial Sekai Kyusei Kyo en la Argentina c/Mercado Libre S.A. y otros s/Propiedad Intelectual 11.723”
Abstract
Uno de los puntos más controvertidos en relación con las consecuencias jurídicas que se derivan del rol de intermediarias que ejercen las plataformas digitales se encuentra en determinar los alcances de su responsabilidad. En Argentina, ante un supuesto de infracción a la propiedad intelectual producida dentro del ámbito de la plataforma, se parte de la ausencia de una regulación específica sobre la responsabilidad de esta última. A raíz del fallo comentado, la CNCivil tuvo en sus manos una nueva oportunidad de pronunciarse al respecto –en esta ocasión, con motivo de una infracción a la propiedad intelectual dentro de Mercado Libre– y, específicamente, el surgimiento del interrogante de si esta debía responder por la publicación y/o la comercialización de un libro plagiado en su sitio de ventas online. Así, atento a las circunstancias del caso y efectuando una valoración realista de las posibilidades concretas de conocer el ilícito de antemano por parte de Mercado Libre, la Cámara consideró que lo más equitativo era juzgar su responsabilidad mediante la aplicación de la doctrina “subjetiva” y, en razón de no haberse invocado ni acreditado en el proceso judicial el conocimiento a priori del plagio, en consecuencia resolvió no hacer lugar a la demanda en contra de la renombrada plataforma.
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