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dc.contributor.authorPomar, María Teresa
dc.date.accessioned2021-06-17T14:36:40Z
dc.date.available2021-06-17T14:36:40Z
dc.date.issued2008
dc.identifier.citationIJ-VL-84en_US
dc.identifier.urihttps://riu.austral.edu.ar/handle/123456789/1584
dc.descriptionEs una publicación realizada por el Departamento de Derecho Empresario de la Universidad Australen_US
dc.description.abstractConstituye una práctica habitual en las sociedades anónimas, establecida en función de lógicas necesidades de sus administradores y de conveniencias fiscales, la retribución periódica de sus funciones mediante el pago de anticipos de honorarios a cuenta de los que en definitiva fije la asamblea. El tema en análisis plantea varias cuestiones en los casos en que tales anticipos excedan el monto de los honorarios luego acordados por la asamblea, situación que no resulta infrecuente, en razón de las limitaciones establecidas en el art. 261 de la ley de sociedades comerciales.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.publisherIJ Editoresen_US
dc.relation.ispartofseriesRevista argentina de derecho empresario;no. 8, 2008
dc.subjectSociedad anónimaen_US
dc.subjectAnticiposen_US
dc.titleAnticipos a cuenta de honorarios del directorioen_US
dc.typeArticleen_US


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