Acción procesal, acción penal y el derecho de defensa del acusado
Abstract
esulta indispensable aclarar los términos de acción procesal y acción penal son utilizados por los doctrinarios en la materia de forma multívoca. La acción procesal es una instancia proyectiva diferente de la pretensión procesal, donde la primera contiene a la segunda. La acción penal es la pretensión punitiva que puede ser pública o privada.
La víctima como titular de la pretensión punitiva puede actuar junto al fiscal y también se ha admitido la coexistencia de varios querellantes en una misma causa contra uno o más imputados, pudiéndose generar conflictos si no hay identidad en las pretensiones.
La actuación de varios querellantes que expresen una relación de hechos e imputación jurídica diferente entre sí y/o respecto del Fiscal, afecta el derecho del imputado a una acusación única.
Para asegurar el derecho del imputado a una defensa eficaz el actor penal público y/o los privados deben actuar con identidad de pretensiones punitivas a través de un litisconsorcio activo necesario y formulen así una única acusación.