La noción de "culpa grave" fijada en el art. 274 de la Ley General de Sociedades. Alcances, derivaciones posibles y eventualidad de abrogación estatutaria
Abstract
...El universo de hipótesis pasible de encuadrar en uno y otro escenario es, como puede observarse fácilmente, de gran amplitud. De allí, pues, la ingente importancia del tema y de su riguroso abordaje, a efectos de que la mención de “culpa grave” no se erija –y excuse el lector si con esto ya adelantamos opinión– en un valladar inexpugnable que torne inviable y de concreción ilusoria cualquier acción de responsabilidad contra directores de sociedades anónimas.