La acción pública de inconstitucionalidad en Colombia ¿Quimera o realidad?
Abstract
La Constitución Política de Colombia de 1991, sin mayores limitaciones, otorgó a todos los ciudadanos colombianos la facultad de demandar la ley, decretos legislativos y actos legislativos ante la Corte Constitucional cuando se considere que su contenido es contrario a las normas de la Carta Superior. La declaratoria de inconstitucionalidad de alguna norma por esta Corte, hará que la sentencia tendrá efectos erga omnes, sobre la sociedad. Sin embargo, en sus orígenes este mecanismo de control legislativo, a pesar de su marcado contenido republicano, solo podía ser ejercido por ciertas personas que tuvieran algunas condiciones sociales especiales que les otorgaba el status de ciudadano, status civil no reconocida para todas las personas de la época y que hoy en día, según se desprende de las rígidas reglas jurisprudenciales que condicionan el libre ejercicio de la acción de inconstitucionalidad y sobre todo su procedencia en la actual Corte Constitucional, permiten afirmar que se han mantenido, variando únicamente en su denominación y limitando jurisprudencialmente las libertades que políticamente se dio el pueblo.