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dc.contributor.authorCalvinho, Gustavo
dc.date.accessioned2021-06-03T14:42:13Z
dc.date.available2021-06-03T14:42:13Z
dc.date.issued2016-09
dc.identifier.citationIJ-CVC-716en_US
dc.identifier.issn2422-5665
dc.identifier.urihttps://riu.austral.edu.ar/handle/123456789/1428
dc.descriptionLa Revista cuenta con el auspicio de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral y el Instituto Panamericano de Derecho Procesalen_US
dc.description.abstractEn los últimos tiempos, algunos pronunciamientos y trabajos doctrinarios pasan por alto la necesaria diferenciación conceptual entre presunciones y carga de la prueba[1]. Y, al no separarlas adecuadamente, puede observarse una consecuencia práctica relevante que incide a la hora de sentenciar: lo que debe resolverse dentro del campo presuncional, es trasladado a los dominios del onus probandi. La implicancia de lo antes apuntado no es baladí ni menor, pues probablemente conduzca a la alteración del resultado mismo de la decisión jurisdiccional. Por consiguiente, en las líneas venideras intentaremos dilucidar la discutida vinculación de las presunciones con la carga de la pruebaen_US
dc.language.isoesen_US
dc.publisherIJ Editoresen_US
dc.relation.ispartofseriesRevista latinoamericana de derecho procesal;no. 7, 2016
dc.subjectDerecho procesalen_US
dc.subjectPruebaen_US
dc.subjectCarga de la pruebaen_US
dc.subjectPresuncionesen_US
dc.titleDistinción entre las presunciones y la carga procesal de la pruebaen_US
dc.typeArticleen_US


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