El Código Civil y Comercial y las cargas dinámicas probatorias en torno a los factores de atribución de responsabilidad civil
Abstract
El presente trabajo se estructura en dos partes: en la primera, se analiza la recepción legislativa de la teoría de las cargas dinámicas probatorias como facultad judicial, normada en el Art. 1735 del Código Civil y Comercial de la Nación; contrastando tal facultad de desplazar el ‘onus probandi’ con la garantía de inviolabilidad de la defensa en juicio y los principios de igualdad y de previsibilidad, concluyendo que tanto las cargas dinámicas como el aviso previo que haga el juez a las partes –sea en la etapa procesal que sea-, no logran satisfacer los extremos constitucionales del debido proceso, lo que implica una consagración legislativa de un (no tan) sorpresivo e inconstitucional retroceso en materia probatoria. La segunda parte, refiere a las proyecciones legislativas procesales, que responden a dos modelos ideales del mismo enmarcados en posturas filosóficas antagónicas: por un lado, el proyecto bonaerense que adapta las normas adjetivas al Código Civil y Comercial, aceptando la teoría subjetivista de las cargas dinámicas en el rito provincial; y en las antípodas, el Código Procesal General Modelo para Latinoamérica, que establece pautas de pura objetividad en cuanto a las reglas de la carga de la prueba.