Show simple item record

dc.contributor.authorWayar Pereyra, Gelo
dc.date.accessioned2023-12-21T17:09:56Z
dc.date.available2023-12-21T17:09:56Z
dc.date.issued2019-08
dc.identifier.citationIJ-DCCLV-493es
dc.identifier.issn2422-5231
dc.identifier.urihttps://riu.austral.edu.ar/handle/123456789/2599
dc.description.abstractFinalizamos el presente trabajo, compartiendo criterio jurídico con la Corte, pues si bien existe un principio pro-arbitraje, el cual no es nuevo y que debe aplicarse si queremos que el sistema jurídico en su conjunto mejore, ya que no solo se beneficia el arbitraje, sino a todo el sistema jurídico. Además debemos realizar una interpretación objetiva de la ley a los fines de la misma, es por ello que encontramos coherencia y objetividad en la interpretación que realiza la corte, pues entendemos que la ley de concurso y quiebras otorga una solución clara, sin mayores contradicciones, y sobre todo coherente con todo el sistema falencial argentino, existiendo armonía entre el arbitraje nacional y la ley falencial.es
dc.language.isoeses
dc.publisherFacultad de Derecho de la Universidad Australes
dc.relation.ispartofseriesNo. 23, 2019;
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectArbitrajees
dc.titleInicio de una acción arbitral durante un Concurso Preventivoes
dc.typeArticlees


Files in this item

Thumbnail
Thumbnail

This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record

Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Except where otherwise noted, this item's license is described as Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional