dc.description.abstract | En virtud de lo expuesto, considero que la compensación por clientela es una figura de vital importancia a la hora de equilibrar a las partes ante la extinción contractual, evitando un injustificado enriquecimiento sin causa. Además, analizando el resto de las normas contenidas en el contrato de agencia, se puede advertir que se habilita al empresario a resolver por "disminución significativa del volumen de negocios del agente", otorgando preaviso (de un mes por cada año de vigencia del contrato), con el agravante de que si dicha disminución se produjo durante dos ejercicios consecutivos, el mismo no debe exceder de dos meses, cualquiera haya sido la duración del contrato[10]. Nótese que la palabra "significativa" se repite en ambos extremos, tanto para habilitar a resolver un contrato como para la procedencia de la compensación por clientela. Por lo tanto, resulta totalmente lógico que si la actividad o gestión del agente es positiva, aumentando el giro de los negocios con posibilidad de seguir produciendo ventajas una vez finalizado el vínculo contractual, se proceda a compensarlo; ya que en el caso contrario, esto es, ante una gestión negativa, no sólo que el preponente queda habilitado a resolver el contrato, sino que además el agente pierde el derecho a ser compensado por clientela. | es |