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dc.contributor.authorSeijas, Ramiro
dc.date.accessioned2021-07-02T11:56:17Z
dc.date.available2021-07-02T11:56:17Z
dc.date.issued2013-11
dc.identifier.citationIJ-LXIX-767en_US
dc.identifier.issn2422-5223
dc.identifier.urihttps://riu.austral.edu.ar/handle/123456789/1758
dc.descriptionEs una publicación especializada en los diversos temas del Derecho Societario, coordinada por el Departamento de Derecho Empresario de la Universidad Austral junto a IJ Editoresen_US
dc.description.abstractNuestro objetivo a través del presente trabajo será destacar la importancia que la función del síndico debería tener en aquellas sociedades que carecen de control individual[13](más precisamente en sociedades de responsabilidad limitada o por acciones –cerradas – que alcancen la cifra de capital prevista en el art. 299 inc. 2º LSC) y esbozar algunas premisas básicas tendientes a contribuir a una reforma en la estructuración del órgano de fiscalización que la aleje de su actual rol irrelevante y formal en resguardo de un mayor equilibro en el funcionamiento interno de la sociedad.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.publisherIJ Editoresen_US
dc.relation.ispartofseriesRevista argentina de derecho societario;no. 6, 2013
dc.subjectDerecho societarioen_US
dc.subjectSociedad comercialen_US
dc.subjectÓrganos societariosen_US
dc.subjectSindicaturaen_US
dc.subjectFacultades de los órganos societariosen_US
dc.titleDesnaturalización de la función de control en las sociedades con Sindicatura. Obsolescencia del órgano. El principio mayoritario. La necesidad de una reforma del sistemaen_US
dc.typeArticleen_US


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