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dc.contributor.authorGarcía Austt, Diego
dc.date.accessioned2021-05-06T17:36:43Z
dc.date.available2021-05-06T17:36:43Z
dc.date.issued2020-06
dc.identifier.citationIJ-CMXIX-114en_US
dc.identifier.issn2408-459X
dc.identifier.urihttps://riu.austral.edu.ar/handle/123456789/1287
dc.descriptionEs una publicación realizada en colaboración con el Departamento de Derecho Penal y Procesal Penal de la Universidad Austral.en_US
dc.description.abstractNo siempre es sencillo determinar cuándo un comportamiento astuto se considera manifestación de habilidad negocial y cuando, en cambio, constituye una conducta típicamente relevante desde la perspectiva del delito de estafa. A través del presente intentaré analizar si el conocimiento que tiene un sujeto activo sobre la estructura, funcionamiento y posibilidad de éxito de la organización, configura el fraude requerido en el delito de estafa; o si por el contrario ello será constitutivo de la habilidad negocial que requiere el tráfico económico y su aleatoriedad.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.publisherIJ Editoresen_US
dc.relation.ispartofseriesRevista Argentina de Derecho Penal y Procesal Penal;no. 28, 2020
dc.subjectEstafaen_US
dc.titleLos mercados multinivel ¿Acción típica de estafa o alea comercial?en_US
dc.typeArticleen_US


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